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   Siguiendo con el compromiso que lleva adelante la administración para contribuir al pleno funcionamiento del Plan de Gestión diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos. Queremos compartir con ustedes las siguientes preguntas frecuentes, con el fin de poder evacuar dudas y facultarles la información básica necesaria al momento de recibir los promotores ambientales que estarán visitando sus unidades funcionales, y al mismo tiempo poder realizar una correcta separación de origen de los residuos solidos urbanos.

Ley provincial 13.592 y resolución 137/13

Tras la saturación de los rellenos sanitarios (CEAMSE) y la necesidad de reducción de cantidad de residuos de los municipios del área metropolitana de la ciudad de Buenos Aires, se formula la ley que tiene como objeto fijar los procedimientos de gestión de los residuos sólidos urbanos (RSU). Entre otros, algunos de los principios y conceptos básicos de la ley son “precaución, prevención, monitoreo y control ambiental” y “consideración de los residuos como un recurso”. Conforme a lo establecido en la ley provincial ya mencionada, la Resolución 137/13 determina que: los emprendimientos urbanísticos denominados Clubes de Campo y Barrios Cerrados, deben implementar un Plan de Gestión Diferenciada de los Residuos Sólidos Urbanos, debiendo hacerse cargo de su separación en origen y transporte de la fracción reciclable para su tratamiento.

¿Qué son los R.S.U.?

Residuos sólidos urbanos: elementos, objetos o sustancias generados y desechados producto de actividades realizadas en los núcleos urbanos y rurales, cuyo origen sea doméstico, comercial, institucional, asistencial e industrial no especial asimilable a los residuos domiciliarios. Se clasifican en dos fracciones: reciclables y no reciclables. Serán los reciclables los que serán separados en origen para su tratamiento especial. Residuos reciclables: materiales susceptibles de aprovechamiento como cartón, papel, envases larga vida tipo Tetra Brik, plásticos, PET, vidrios, metales, entre otros.

Impacto ambiental. ¿Por qué es mejor hacer la separación en origen?

Son varios los motivos por los cuales el cumplimiento de este proceso de separación mejora la calidad de vida. Desde el impacto ambiental, se eliminan los rellenos sanitarios clandestinos a cielo abierto y se eliminan los quemaderos de basura tampoco habilitados; se reduce ampliamente la descarga a la CEAMSE y a las otras plantas de descarga que hoy utilizan los municipios y la ciudad de Buenos Aires. Desde lo social, el OPDS (organismo provincial para el desarrollo sostenible), que es quien fiscaliza y verifica el cumplimiento de la resolución, propone que sean cooperativas de trabajo quienes realicen el tratamiento de los residuos reciclables, recibiendo las descargas en sus plantas. Esto implica que quienes hacen trabajos de cartonería en las calles de manera individual y en carros, se adhieran a las cooperativas normalizando sus condiciones laborales y generando fuentes de trabajo bajo el marco de la ley.

¿Cómo hago la separación en origen?

Los residuos reciclables deberán ser dispuestos en bolsas de color VERDE, las que, en esta primera instancia serán proporcionadas por el Consorcio a razón de UN paquete de 10 unidades por vivienda y por única vez. Las mismas serán colocadas JUNTO al contenedor actual de cada unidad funcional (no dejar dentro del mismo),  y la recolección diferenciada se realizará los días LUNES y JUEVES con un camión diferenciado. En cuanto la demanda de residuos crezca, se informarán nuevos días y horarios para realizar la tarea.

 

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